PONER ORDEN MÁS ALLÁ DEL DUERO.

05.01.2018 10:31

 

               Los castellanos medievales, del Norte del Duero a las Canarias.

                En el año 1076 el rey Alfonso VI regía León y Castilla tras no pocas complicaciones. Albergaba la esperanza de aprovechar la muerte de Sancho IV de Pamplona y de imponer su voluntad al emir de Zaragoza. Las incursiones de sus fuerzas en territorio andalusí todavía no auguraban la toma de Toledo en el 1085.

                Tal conquista vino precedida de una importante reordenación de las tierras situadas entre el río Duero y el sistema Central, fuertemente disputadas entre el reino de León y el califato de Córdoba en el siglo X. Aquel año de 1076, cuando Alfonso confirmara en teoría el fuero de Sepúlveda junto a su esposa Inés, recordaría la figura de su abuelo Sancho III el Mayor, aunque también evocaría los tiempos de los condes de Castilla Fernán González y García Fernández. Estos largos antecedentes invocados nos hablan de la maduración de las disposiciones del fuero y de los correspondientes problemas a los que se tuvieron que enfrentar los pobladores de Sepúlveda.

                Los límites de sus términos habían sido disputados con otras localidades cercanas, sus vecinos se habían tomado con frecuencia la justicia por su mano, y los infanzones se habían insolentado con los demás. Alfonso VI actuó con equilibrio al reconocer que Sepúlveda era una tierra de frontera, pero que debía someterse a la autoridad regia de forma más estrecha.

                Toda persona de aquí que matara a otra de Castilla no debía ser perseguida al cruzar el Duero, verdadero límite de formas de vida. La distinción entre sepulvedanos y castellanos era muy clara en el fuero: si uno de los primeros matara a uno de los segundos debía de satisfacer la octava parte de su valor penal, y al contrario según sus fueros particulares. En Sepúlveda, en esta Castilla en proceso de serlo, se penalizó el abandono de la pareja, particularmente el del varón por la mujer, pero se permitió que se trajeran mujeres secuestradas de otros puntos con tal de acrecentar la población.

                Para imponer orden se delineó la institución concejil, a la que se debería de recurrir para dirimir los pleitos particulares. Su deber era proteger a los vecinos incluso del señor rey. Tenían que ser sepulvedanos el alcalde, el merino, el juez e incluso el arcipreste, en una muestra clara de particularismo local en lo civil y en lo eclesiástico. Del juez, de ejercicio anual, se nos dice que debía ser elegido por las parroquias, que también abrazarían a las gentes de los otros núcleos subordinados a la villa principal, las aldeas. Era el punto de arranque de la comunidad de villa y tierra, institución de organización territorial que también se desarrollaría en otros puntos al Norte del sistema Central.

                El rey hizo entrega a los vecinos de Sepúlveda de todo el dinero que se encontrara debajo de la tierra, el viejo derecho imperial a los tesoros del subsuelo. Cuando llegara a la villa, no debería forzar a los vecinos a darle posada. Como señor de Sepúlveda dispuso al menos de su propio palacio, al que debería convidar a comer al juez durante su estancia, símbolo de su generosidad para con sus fieles. El potestad lo representaba en sus ausencias.

                Se puso a prueba el equilibrio entre el rey y los vecinos de Sepúlveda con motivo de las campañas militares. Los caballeros debían de participar obligatoriamente en las expediciones reales, pero los peones solo se sumarían a aquéllos para auxiliar al monarca en asedio o en batalla campal. La fonsadera o redención de la prestación militar se hizo según una escala social: el caballero debía pagar dos acémilas, cuatro peones un asno, y un simple particular (quizá un artesano o un mercader) el yelmo y la loriga de un caballero. La necesidad de animales de transporte para las campañas era obvia. Durante su ejercicio, los alcaldes estaban exentos de acudir en campaña.

                De todos modos, en estas tierras al Sur del Duero se reconoció que todo guerrero fuera a la casa del señor que más le acomodara sin perjudicar al rey. Las conquistas futuras les darían un amplio margen de ganancias.

                Víctor Manuel Galán Tendero.