LA COMUNIDAD URBANA DE MAGDEBURGO. Por Víctor Manuel Galán Tendero.

20.06.2023 16:54

               

                La Plena Edad Media fue para gran parte de Europa una época de colonización agraria y de fundación de nuevos centros urbanos, desde la península Ibérica a las llanuras de la Europa del Este. Pronto se planteó la necesidad de las flamantes comunidades de dotarse de leyes adecuadas a su situación. Las de la ciudad alemana de Magdeburgo resultaron al respeto modélicas, y fueron adoptadas por urbes como Cracovia en 1257.

                Bajo la autoridad de su arzobispo, los procedimientos judiciales fueron simplificados en 1188, en concordancia con las expansivas necesidades del comercio. Se descartó, por ende, perder un litigio por un uso incorrecto de los términos. Se apremió a que los pleitos se resolvieran en el plazo de un día. Las pruebas testimoniales fueron introducidas en el proceso. Asimismo, se descartó tanto la prescripción de los delitos violentos como la responsabilidad familiar, propiciatoria de las venganzas.

                En la carta de derechos de los vecinos de Magdeburgo se avanzó más todavía en 1294, cuando se logró el ejercicio del poder municipal del arzobispo, que lo vendió a modo de potestad. Paralelamente, se formó un consejo ciudadano con posibilidad de asesorar y de tomar decisiones.

                A partir de este momento, se reforzó la responsabilidad individual sobre los bienes, que se acreditarían convenientemente en los libros de contabilidad oportunos. La tutela del esposo no invalidaba la capacidad de la mujer de acudir a los tribunales. De interés resulta que ningún judío pudiera ser obligado a declarar qué persona le había vendido o entregado un objeto. Todo ello se ha interpretado como las normas de una comunidad comercial diferenciada, con gran capacidad para proyectar su influencia más allá de su región de origen.

                Para saber más.

                David Nicholas, The Growth of the Medieval City: From Late Antiquity to the Early Fourteenth Century, Londres, 1997.