REVOLUCIÓN Y REVOLUCIONARIOS EN UN LUGAR DE ESPAÑA. Por Víctor Manuel Galán Tendero.

26.02.2023 12:51

               

                La Revolución ha sido una de las grandes damas de la Historia, ensalzada y vituperada por tirios y troyanos. Ha adoptado múltiples formas y ha hecho acto de presencia en numerosos lugares a lo largo del tiempo, como Requena, cuya historia puede parecer a primera vista demasiado marcada por las rutinarias inercias. No es así. En esta colección de textos, podemos descubrir las tendencias revolucionarias antes del liberalismo, el impacto de la revolución liberal, la importancia de la acontecida durante la Guerra Civil, los elementos comunes a revoluciones de distinto ciclo histórico y algunos de sus protagonistas.

  1. ¿HUBO REVOLUCIONES ANTES DE LAS DEL LIBERALISMO?

               Un primer cuestionamiento de los caballeros.

                “Y otrosí por cuanto privaban con fuerza y no debidamente con codicia mala a los dichos caballeros y a él con ellos de la dicha cuasi posesión de los dichos derechos, y así encima entraron en las casas de las posadas de los dichos caballeros y quebrantaban las arcas por les tomar los privilegios y franquezas y libertades que sobre esta razón tenían; y otrosí que estando Gregorio Zapata, procurador de los caballeros sobredichos, en la plaza del dicho lugar de Requena concertando en el libro en que estaban incorporados los traslados signados de las franquezas y privilegios y libertades que habían los dichos caballeros y él con ellos que los sobredichos y con su favor de ellos que fueron tomando por fuerza el dicho libro al dicho Gregorio Zapata y se lo rompieron.”

                8 de octubre de 1392.

                Colección Herrero y Moral, Copia del real privilegio de los caballeros de la nómina; II, 8.

               El miedo a las comunidades.

                “Durante el tiempo que en esta villa ha sido alguacil, (ha habido) muchas pendencias y debates, donde en forma de comunidad se han juntado muchas veces unos contra otros, de donde se pudieran seguir muchos riesgos e inconvenientes (como los de) la iglesia de San Salvador un día de fiesta, donde había congregada mucha gente porque había sermón (y) en una capilla de San Julián unas mujeres se atravesaron sobre los asientos y a las voces que daban acudieron muchos hombres de la una parte y de la otra con espadas, dagas y puñales sacados, que al cabo tocaron toda la iglesia, y hubo mucho escándalo de sacerdotes de dejar para decir la misa.”

                “Y en el alboroto y escándalo que hubo en la iglesia de San Salvador harto hice, y puedo ser notado de diligentísimo, pues metido entre más de cien espadas desnudas apacigüé al pueblo alborotado y aquieté los ánimos indignados, de manera que no hubo riesgo ni de allí se siguió más escándalo ni pasión, y prendí algunos de que entendí que habían sido los causadores y todo mi cuidado puse en la quietud del pueblo y su pacificación.”

                4 de enero de 1584.

                Archivo Histórico Nacional, Consejos, 25420, Expediente 5. Declaraciones del alguacil Diego de Gonzalo de Córdoba y del corregidor Lorenzo de San Pedro en el juicio de residencia del mismo corregidor.

               Los movimientos del común del pueblo.

                “Informar mejor a dicho señor (corregidor don José Navaz) con los inconvenientes y malas consecuencias que se pueden temer de suministrarse este lugar y sus vecinos con preocupante novedad cuando están entendidos en que los años de ochenta y cuatro, ochenta y cinco y ochenta y seis están perdonados e indultados todos los débitos reales, así por el edicto que se fijó como por su bando, que se echó en diferentes partes, especificando cómo estaban perdonados y restituidos todos los débitos reales, así de milicias como los demás efectos hasta dicho año de ochenta y seis. Y en virtud de la obligación que se hizo por esta villa y en esta consideración no se han repartido dichos efectos ni cobrado en dichos años; y si ahora se obligara a repartir y cobrar, se podía temer justamente cualquier inquietud, pues en otras ocasiones con menos fundamento se ha tumultuado el lugar y hecho armas y salido al campo toda la plebe tocando a rebato las campanas sin temer a Dios ni al rey. Pues no solamente se sacaron los presos en una ocasión a don Antonio La Parra, corregidor que fue de esta villa, sino en otra guisa en bien de tumulto, siendo corregidor Francisco Valcárcel, le dieran de puñaladas y le hubieran muerto a no haberle encerrado en una casa, a donde quisieron pegar fuego, y lo hubieran ejecutado a no haber traído el santísimo sacramento del convento de Nuestra Señora del Carmen. Y otros muchos ejemplos que por horror no se ponen.”

                18 de enero de 1691.

                AMRQ (Archivo Histórico Municipal de Requena), Actas municipales, 3269.

                “Teniéndose presente el estado infeliz del pueblo, miseria de los vecinos, carestía de los víveres por la calamidad del año y haber faltado absolutamente las cosechas de granos y todos (los) frutos en el próximo anterior, y los repetidos movimientos de parte de los populares, que juntos en cuadrillas han proferido especies perjudiciales a la común quietud y paz de esta villa. En verdad, sin duda del trance que se experimenta, exclamando a voces y sin reparo por la población la baja del pan y deseando precaver las fatales resultas que las conmociones populares producen, mayormente en las de crecida vecindad como lo es esta villa y de mucho concurso de forasteros… el consistorio municipal procede a emplear los recursos del Pósito.

                19 de abril de 1766.

                AMRQ, Actas municipales, 3257.

              El temor de los regidores a un estallido social.

                “Se acordó que el depositario (del Pósito) podía aprontar alguna cantidad, que serían unos seis mil reales con la calidad de reintegro del producto de los ramos arrendables, cuyo plazo vencía a fin de abril último o antes si hubiere arbitrio, pero habiendo significado alguna resistencia no ha llegado el caso de extraer cantidad alguna; pues este ayuntamiento, por evitar toda disputa, ha preferido el medio de que sus capitulares han aprontado de sus propios caudales que les hace falta para las urgencias de sus casas y familias el importe de dichos suministros (a la tropa destinada en Requena) por el mes de enero próximo.”

                8 de febrero de 1806.

                AMRQ, Actas municipales, 2734.

  1. ALCANCE Y TRASCENDENCIA DE LA REVOLUCIÓN LIBERAL.

                Los cambios en la propiedad de la tierra.

                “Se hizo presente la Real Orden de tres de marzo último (…) relativa a las disposiciones  con que se ha proceder en las subastas para la enajenación de fincas de propios, y siendo público y notorio que las mejores y más productivas que correspondían a las de esta villa se enajenaron durante la guerra de la Independencia, cuyas ventas se hallan aprobadas por Real Orden, así es que los compradores primitivos, y los que a éstos han sucedido en sus derechos las están disfrutando quieta y pacíficamente desde su adquisición, y que desde entonces solo dichos propios reconocen por su pertenencia algunas suertes de tierra de inferior calidad y de corta extensión en los sitios de este término, titulados las dehesas de las Cañadas y Serratilla, que por su citada inferior calidad no pudieron enajenarse en la época referida; que éstas las disfrutan pagando el canon anual los labradores y jornaleros a quienes fueron repartidas en conformidad de la Real Cédula del año 1770, y los que de éstos han fallecido disfrutan algunas sus herederos y otras que por haberlas abandonado o quedado vacantes por otro cualquier motivo las han entregado los Ayuntamientos a las personas dedicadas a la agricultura, que las han solicitado bajo el mismo canon que se reguló al tiempo del primitivo repartimiento, habiendo también varias de dichas suertes totalmente incultas y ya pobladas de monte bajo por su mala calidad, que por ello ningún canon producen.”

                8 de junio de 1835.

                AMRQ, Actas municipales, 2729.

                El control de la Iglesia y de los eclesiásticos.

                “Teniendo noticia, aunque no segura, de haberse encargado de reciente por el señor cura párroco de San Nicolás de esta villa la tenencia de la aldea de Fuenterrobres como su anejo al religioso franciscano fray Francisco Guillén, sujeto que se halla tachado en la opinión pública  de desafecto al gobierno de S. M. y a las libertades patrias; para saber de cierto dicha noticia y que tenga entero cumplimiento dicha circular, comisionaron al regidor don Martín Clavijo para que lo averigüe con toda urgencia, y dé cuenta para nuevo acuerdo.”

                1 de febrero de 1836.

                AMRQ, Actas municipales, 2729.

                Los ayuntamientos constitucionales.

                “Vista la circular de la Junta Superior de esta Provincia de diez y siete del que rige, en que previene en su artículo primero que en todos los pueblos de la provincia se restablezcan sin diferirlo un solo día los ayuntamientos constitucionales que existían en el año mil ochocientos veinte y tres, cubriendo las vacantes que el tiempo haya ocasionado con individuos de igual clase de los años veinte y dos, veinte y uno, y veinte, por el orden sucesivo, y acordando su más exacto cumplimiento, y mediante aquellos libros capitulares y casi todos los papeles de este Ayuntamiento respectivos a la época constitucional de los años citados fueron extraviados y remitidos por disposición del gobierno absoluto al acuerdo de la Chancillería de Granada y Subdelegación de Policías… Con la recepción de su información se llevó a cabo el restablecimiento”.

                22 de agosto de 1836.

                AMRQ, Actas municipales, 2729.

                Un motín contra los consumos, ¿supervivencia del pasado o avance del futuro?

                Era voluntad “de todas las personas allí congregadas para conseguir el descubrimiento de los autores del motín acaecido en el día de ayer (1 de noviembre).”

                “Habiendo sido arrebatado al recaudador y su esposa de su propia casa por los amotinados, y salvando éstos sus vidas milagrosamente, (debiendo) abandonar la población…”

                “Habían sido sustraídas y desaparecidas catorce carabinas de la disuelta Guardia Municipal, los bastones pertenecientes a los guardias de los fielatos de consumos, parte del correaje de la disuelta Milicia Nacional, algunas granadas de vidrio, pólvora y cartuchos procedentes de la última guerra civil, que también se habían roto algunos cristales, desquiciado puertas y destruida en parte el tablado de la plataforma del salón de sesiones.”

                2 y 3 de noviembre de 1880.

                AMRQ, Actas municipales, 2769.

 

 

  1. “INTENSIFICAR LA REPÚBLICA”: LA REVOLUCIÓN DURANTE LA GUERRA CIVIL.

Anuncios de un nuevo tiempo.

          “Es elegido segundo vicepresidente (de la comisión gestora) don Jacinto Pardo Vives, quien en este momento toma asiento en su sillón de gestor, pidiendo la palabra y haciendo uso de la misma con la venia de la presidencia para hacer constar el deseo de sus electores y de él de que los frailes y monjas desaparezcan de esta ciudad y el cambio inmediato de la empleomanía municipal.”

                22 de febrero de 1936.

                AMRQ, Actas municipales, 2866.

                “Se acuerda solicitar del Ministerio de Agricultura que habiendo desaparecido de la aldea de Los Pedrones la Casa Cuartel, se invierta el dinero que importan los pinos cortados y cedidos por este Ministerio para obras en el Cuartel de la Guardia Civil, que se gasten en escuelas.”

                12 de marzo de 1936.

                AMRQ, Actas municipales, 2866.

                “Pase a comisión el escrito del presidente del Sindicato de la Confederación Nacional del Trabajo, Pedro Antonio Fernández, y de la Unión General de Trabajadores, Miguel Ruiz, pidiendo ceda este ayuntamiento para Casa del Pueblo, la que ha estado instalada la Enológica.”

                15 de marzo de 1936.

                AMRQ, Actas municipales, 2866.

                Cambios de primera magnitud en el régimen de propiedad.

                “Sindicato Provincial de Transportes-UGT. Sección Mecánica de Requena.

                “Acta de incautación efectuada por los obreros de “La Requenense”, dedicada al transporte de viajeros en automóvil, y cuyo propietario es Dª. Carmen Limorte Alarcón, viuda y vecina de esta ciudad.

                “En la ciudad de Requena, a las diez horas de su mañana del día veinticuatro de agosto, se personaron en la oficina que tiene establecida la empresa en la calle de Blasco Ibáñez nº 17 los empleados de la misma Paulino Bermejo Martínez, Leopoldo Jara López, Ramón Ramos Ochando, Anastasio Martínez García y Rafael Gay Sáez, los cuales manifiestan estar autorizados por los demás empleados de la casa para proceder a la incautación de cuantos elementos componen actualmente la explotación y que se detallan en el inventario que a tal efecto se ordena efectuar para continuar por sí solos la explotación de la industria mencionada y que venía establecida bajo el nombre de “La Requenense”.

                “Tal incautación se realiza debido a la falta de pago en los jornales a sus obreros, y éstos se ven en la imposibilidad de poder atender a las necesidades más perentorias de sus respectivas casas, y toman esta determinación por creer de suma necesidad por el bien de todos los obreros y de intensificar la República.”

                24 de agosto de 1936.

                AMRQ, Expediente 10759.         

                La fuerza de los nuevos medios de comunicación.

                “Artículo 1º. Se constituye en Casas de Eufemia una organización denominada “Radio Comunista de Casas de Eufemia”, afecta al Partido Comunista de España.

                “Artículo 2º. Esta entidad se propone luchar políticamente por la total emancipación de los trabajadores, y el establecimiento de un régimen de igualdad social.

                “Artículo 3º. Podrán pertenecer a ella todos los que acepten en su programa y resoluciones y contraigan el compromiso de luchar activamente por la realización de los mismos.

                “Artículo 4º. Todos los miembros de esta organización están obligados a pertenecer al sindicato u organización sindical de su profesión u oficio.

                “Artículo 5º. La organización estará dirigida por un Comité llamado Comité de la Radio, compuesto de tres, cinco o siete miembros elegidos democráticamente en Asamblea.

                “Artículo 6º. El Comité podrá en determinados casos incorporar al mismo algún o algunos miembros para trabajos especiales, comisiones de estadística, electorales, propaganda, etcétera.

                “Artículo 7º. El Comité de esta organización tendrá un presidente, un secretario general o político, otro administrativo, un encargado del trabajo sindical y otro del de organización.

                “Artículo 8º. Todos los miembros de la organización están obligados a aceptar y desempeñar todos los cargos que se les encomienden.

                “Artículo 9º. Para todos los gastos que exigen las actividades de Radio Comunista, se establece una cuota mensual de una peseta por afiliado. Estos fondos están destinados, aparte de los gastos de administración,  a la propaganda, folletos, mítines, manifiestos, etcétera.

                “Artículo 10º. La Radio Comunista celebrará  ordinariamente asambleas generales cada tres meses. Las extraordinarias serán convocadas por el Comité. En estas Asambleas se nombrará un presidente y un secretario de mesa para ordenar la discusión, y se levantará acta de los acuerdos que se tomen.

                “Artículo 11º. En las Asambleas podrán intervenir todos los afiliados, sujetándose éstos a las normas corrientes y usuales.

                “Artículo 12º. Para revisar las cuentas se nombrará una Comisión revisora de cuentas, compuesta por tres miembros.

                “Artículo 13º. Esta entidad no podrá disolverse en tanto haya quince miembros que quieran continuar en ella. En caso de disolución, los fondos y enseres de la misma pasarán a poder de una entidad afín o se destinarán en Junta General lo que debe hacerse con los mismos.

                “Artículo 14º. Esta entidad tendrá su domicilio en Casas de Eufemia.

                “Por la Comisión Organizadora Federico Pardo

                1 de diciembre de 1936.

                AMRQ, Expediente 10254/25.

 

                Las autoridades y los difíciles días de la Guerra.

                “Sentencia-En la ciudad de Requena, a veintinueve de noviembre de mil novecientos treinta y siete. Vista por mí, Antonio Ineba Forriol, juez de primera instancia e instrucción de la ciudad de Requena y su partido, como presidente del tribunal de subsistencias y de precios indebidos, las presentes actuaciones que dan lugar a este juicio sobre hostilidad y desafección al Régimen, iniciado el día veintisiete del actual por escrito de denuncia del guardia de las Fuerzas de Asalto de esta localidad, Antonio Díaz Fernández, contra la vecina de la misma Lucía Real Tamarit, mayor de edad, casada, vecina y residente en esta ciudad, por sacar de su domicilio e ir ofreciendo y vendiendo por los domicilios particulares al precio de sesenta pesetas el kilo de jamón de cerdo sacrificado el día anterior; o sea, sin curar, y dos manos de cerdo a razón de diez pesetas cada una, y siendo el precio de tasa el de siete pesetas y setenta y cinco céntimos para el cerdo fresco, y el de dos pesetas, ochenta y cinco céntimos respectivamente el kilo para las segundas, y habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y FALLO: Que debo condenar y condeno a la denunciada Lucía Real Tamarit por vender carne de cerdo a precio superior al de tasa a la pena de mil pesetas de multa, que hará efectiva en metálico bajo apercibimiento de apremio y cuya cantidad se remitirá en su caso al Ministerio de Defensa Nacional para gastos de guerra; y caso de no poder hacer efectiva la cantidad, sufrirá treinta días de arresto en las cárceles de este partido. Quede a disposición de la consejería de abastos del Consejo Municipal de esta ciudad los jamones y trozos de cerdo ocupados y que obran en poder del secretario de este tribunal, para lo cual se remitirán con el oportuno oficio.”

                29 de noviembre de 1937.

                AMRQ, Expediente 10740.

  1. LOS SEMPITERNOS ENEMIGOS DE LA REVOLUCIÓN.

                La acuciante carencia de recursos.

                “Los señores que al pie firman reunidos para tratar sobre el medio de atender al sostén de tropas y Milicia Nacional movilizadas en las circunstancias actuales en que se halla esta población casi ya bloqueada por las facciones que ocupan los pueblos del partido, acordaron se diere al señor comandante de armas del cantón para que como enterado de las circunstancias citadas y apuros tan grandes permita entregar al Ayuntamiento ochenta fanegas de trigo, del que perteneciente a frutos decimales de los pueblos del partido está depositado de orden de la comandancia en el Pósito Nacional bajo calidad de reintegro a los fondos públicos cuando éstos estén recaudados, y luego que se haga abono de los suministros, entregándose dicho número de fanegas de trigo al regidor don Ramón Simarro, previa de su regulación de su valor a precio corriente por el fiel almotacén para cuando llegue el caso de su abono. Para igual objeto y bajo las mismas circunstancias, se oficiará al señor cura de Santa María de esta ciudad, como tercero decimal, para que de los frutos que tiene recaudados entregue al citado regidor treinta fanegas de trigo de la parte respectiva al ilustrísimo señor obispo, otras treinta fanegas de la parte correspondiente al colegio de San Bartolomé de Salamanca, y cinco fanegas por cada una de las seis prestameras que hay en esta ciudad.”

                13 de febrero de 1837.

                AMRQ, Actas municipales, 2729.

                “El camarada Martínez hace uso de la palabra para explicar la situación en que se encuentra, económicamente, la comisión administrativa, que no puede atender al gasto que lleva consigo esta comisión y con este motivo se entabla amplio debate en el que intervienen la mayor parte de los vocales de esta comisión, exponiendo cada cual sus puntos de vista para buscar solución al problema económico en que se encuentra la comisión, acordándose que se celebre una reunión entre los componentes de la Cooperativa La Fraternal  y los componentes de este Ayuntamiento para definir las funciones de cada organización.”

                8 de diciembre de 1936.

                AMRQ, Actas municipales, 2867.

                Disidentes y quintacolumnistas.

                “He visto con satisfacción el oficio de vuestras señorías y testimonio de acta que le acompaña, fecha 23 del corriente, en que me manifiestan la fiel decisión de esta ilustre corporación y vecindario en favor de nuestra reina y señora, cuyo acto no ha hecho más que confirmarme en la privilegiada opinión que tenía de esa villa. Si mi aprobación pudiera merecer sanción, en el acto la daría, y facultades a esa corporación para que echase mano de lo primero que pudiese sacar del ahogo y compromiso en que considero a sus individuos para librarse de rebeldes y servir de antemural a toda la provincia.”

                Del intendente del ejército en Cuenca Diego de Aguirre.

                29 de noviembre de 1833.

                AMRQ, Actas municipales, 2729.

                “Con fecha 21 de diciembre del año 1938, recibí en la Comandancia Militar de esta Plaza una visita de los agentes pertenecientes al S.I.M., señores Torán y Hernández.

                “Puesto en antecedentes por estos señores del asunto de que se trataba, prometí, a petición de ellos, colaborar de enlace al objeto de descubrir todo cuanto hubiera de cierto en las referencias que se me indicaron.

                “Personado en la calle Norberto Piñango, nº 4, residencia del 22 batallón de la Sexta Brigada Mixta; y previa una astucia de rigor por mi parte, la cual consistía en presentar una carta a nombre de un figurado pagador, logré tomar contacto con un individuo que dijo llamarse Miguel González Ojaldres, natural de Lesmas (Burgos), y en la actualidad con residencia en Algemesí. De ésta mi primera conversación, tuve el convencimiento de que me encontraba ante uno de los elementos más significativos del derrotismo, esto es, si no pertenecía a una organización desafecta al Régimen; su manera de expresarse, en forma un tanto despectiva, hacía suponer que por lo menos era un individuo que había que vigilar muy de cerca. Partiendo de esta hipótesis, y con el pensamiento fijo de estrenar nuestras primitivas amistades me despedí de él, no sin antes valerme de una nueva astucia para poder arrancarle el nombre y apellido, que muy discretamente se reservaba para sí. Esta nueva astucia consistía en ofrecerme incondicionalmente a él y ofrecerle mi domicilio. Esto me valió el que obligado por esta fórmula de cortesía correspondiese a ella y supiera su nombre y apellidos.”

                29 de enero de 1939.

                Archivo familiar Jordá, Documentos sueltos

              A vueltas con las divisiones internas.

                “Constituidos en sesión extraordinaria a motivo de la agitación que se advertía en todo el vecindario, manifestando deseos de adherirse al pronunciamiento ejecutado en otras provincias para oponerse a la marcha adoptada por el actual Gobierno Superior, y siendo las diez de la mañana se presentaron un crecido número de vecinos de todas clases y Nacionales; el comandante del batallón de Milicia Nacional y la mayor parte de sus oficiales; el comandante militar don Saturnino Vivanco, y varios oficiales que en clase de retirados se encuentran en esta ciudad (…), y habiendo todos manifestado los más ardientes deseos de secundar el movimiento popular que ha estallado  en la capital de esta provincia, en la de Valencia, Cataluña y otras con el fin de obligar al Gobierno de Madrid a adoptar medidas que salven a la Nación de la guerra civil que la amenaza, todos conformes acordaron que se nombre una Junta de Gobierno, revestida de las atribuciones necesarias para sostener las consecuencias de este pronunciamiento.”

                18 de junio de 1843.

                AMRQ, Actas municipales, 2728.

                “Se reunieron, bajo la presidencia del camarada Andrés Ochando Real, los consejeros que al margen se relacionan (citados en el punto quinto), al objeto de celebrar la sesión extraordinaria para dar posesión a los nuevos consejeros nombrados por el gobernador civil de esta provincia a propuesta de las organizaciones y partidos políticos, en oficio fecha treinta y uno de mayo último.

                “Declarada abierta la sesión, la presidencia manifiesta al Consejo que ha de empezar por dar explicación del retraso en dar cumplimiento a la orden del gobernador civil por que en el mismo día que se recibió la comunicación de nombramiento de nuevos consejeros, que ordena al secretario dé lectura a la misma, se recibió un anónimo al que se da lectura.

                “Y visto el contenido de esta denuncia que él considera injuriosa y llena de falsedades, celebró conferencia con el gobernador civil, quien le ordenó que antes de dar posesión se trasladara a su despacho de Valencia, lo que así hizo. De aquella conferencia con el gobernador civil, quien le ordenó que antes de dar posesión se enviara un delegado para que practicara una visita de inspección, de cuyo resultado se da lectura al informe  emitido por el mismo, en el que se declara que no ha podido comprobar ninguna afirmación de las que se hacen en el mismo y por el contrario se ha podido comprobar la honorabilidad y honradez con que ha procedido el Consejo Municipal que hoy cesa y su presidente.”

                9 de junio de 1937.

                AMRQ, Actas municipales, 2867.

  1.    ALGUNOS PROTAGONISTAS DE LOS TIEMPOS REVOLUCIONARIOS.

Integrantes del primer ayuntamiento constitucional, a 26 de julio de 1813.

         José de la Cárcel Marcilla (alcalde primero), Francisco Antonio Herrero (alcalde segundo), como regidores Mateo López Ochando, Ginés María Herrero, Nicolás Monsalve Segura, Joaquín Severo Moral, Pascual Penén y Eusebio Cantero, y como procuradores síndicos Francisco Penén Penén y Joaquín María Ferrer.

               Un contrapunto: los integrantes del consistorio absolutista de 1815.

                Pablo Jover y Planes (corregidor), como regidores Mariano Segura, Antonio Ginés Herrero, Marcelino Herrero, Joaquín María Ferrer y José Monsalve, como diputados del común José Viana y Joaquín Severo Moral, y como procurador síndico personero Francisco Antonio Herrero.

                Integrantes del ayuntamiento constitucional de 1820.

                Pedro José de Cros (alcalde primero), José Pardo (alcalde segundo), como regidores Joaquín Zanón, Nicolás Monsalve, Gregorio Díaz Maroto y Juan Antonio García, y como síndico Dionisio Cantero.

                Integrantes del ayuntamiento constitucional de 1821.

                Francisco Antonio Herrero (alcalde primero), Román Ortiz (alcalde segundo), como regidores Santiago Montés, José García Ibáñez, Miguel Gil y Juan Antonio Giménez, y como síndicos Dionisio Cantero y Lorenzo Echevarría.

                Integrantes del ayuntamiento constitucional de 1822.

                Alonso Sánchez Ramos (alcalde primero), Manuel Moral (alcalde segundo), como regidores Valentín Ortega, Miguel Laguna, Juan José Martínez Espinosa y Antonio Honrubia, y como síndicos Miguel Trigo y Lorenzo Echevarría.

                Integrantes del ayuntamiento constitucional de 1823.

                Pedro José de Cros (alcalde primero), Valentín Penén (alcalde segundo), como regidores Miguel Alarte, Joaquín María Ferrer, Ignacio Moya, Francisco Antonio Monsalve, Eusebio Pérez Correa, Pedro Iranzo, Ramón Ramos y Mariano Mata, y como síndicos Marcelino María Herrero y José Antonio Jaime.

                Un contrapunto: los integrantes del consistorio absolutista de 1823.

                Miguel Martínez, corregidor y capitán a guerra, como regidores Nicolás Siniestra, Francisco Ibáñez Ramos, Salvador Penén, Lorenzo López, Jorge de Vera, Antonio Ginés Herrero y Basilio Sáez, Eusebio López como diputado del común, y como procuradores José Monsalve y Santiago Ramos.

                Integrantes del ayuntamiento de 1836, tras el restablecimiento de la constitución de 1812.

                Manuel Moral (alcalde primero), como regidores José García Ibáñez, Santiago Montés, Joaquín Zanón, Miguel Alarte y Miguel Gil, y como síndicos Miguel Trigo y Lorenzo Echevarría.

                Integrantes del ayuntamiento de 1837.

                Manuel Moral (alcalde primero), José García Ibáñez (alcalde segundo), como regidores Vicente Pérez, Agustín López, Ramón Simarro, Ildefonso Erbella, Tomás Monsalve Pérez, Manuel Monsalve, Antonio Laguna y Pedro Lorente, y como procuradores síndicos Marcelino María Herrero y Pedro Antonio Monsalve.

                Integrantes de la Junta de 1843, contraria al regente Espartero.

                Marcelino María Herrero (presidente), y como vocales José García Ibáñez, Pío Sánchez, José Trinidad Herrero, Antonio María Ferrer, Manuel García Pedrón y Pedro de Vera.

                Dirigentes del comité revolucionario de septiembre de 1868.

                Juan Omlín de la Cárcel, Anselmo Fernández, Norberto Piñango y Rafael Meneses.

                Integrantes del ayuntamiento a 2 de enero de 1875.

                Antonio Pérez Sánchez (alcalde presidente), y como concejales Juan Zanón, Agustín Ferrer, Ramón Palomares, Evaristo Laguna, Víctor Zanón, Antonio Miñano, Marcelino Lorente, Francisco Gadea, José Sierra, José Sánchez Monsalve, Antonio Francisco Ramos y Galo García.

                Integrantes de la comisión gestora y de defensa de los intereses de los vecinos de Requena del 3 de diciembre de 1936.

                Rafael Alcaraz, José García Tomás, Juan Marzo, Miguel Argilés, Modesto Jiménez, Pedro Antonio Fernández, Jesús Armero, José Bastidas, Estanislao Cuevas, Teófilo Alarcón y José Martínez.

                Participantes en la sesión extraordinaria del consejo municipal del 9 de junio de 1937.

                Andrés Ochando, presidente, y como consejeros José Martínez, Pedro Antonio Fernández, Modesto Jiménez, Jesús Armero, Estanislao Cuevas, José Bastidas, Teófilo Alarcón, Rafael Alcaraz, Antonio Sisternas, Luis Ballesteros, Feliciano Luján, Luis Roda, Manuel Cuenca, Vicente Contreras, Eusebio Villanueva, José María García, Antonio López, Estanislao Iranzo y Juan Marzo.

                Integrantes del consejo municipal del 1 de julio de 1937.

                José María García Roda, presidente, y como consejeros Luis Roda, Antonio López, Juan Marzo, Luis Ballesteros, Feliciano Luján, Eusebio Villanueva, José Martínez y Pedro Antonio Fernández.

                Integrantes del consejo municipal del 25 de agosto de 1938.

                Jesús Armero, presidente, y como consejeros Juan Marzo, Luis Roda, Antonio Sierra, Manuel Cuenca, Justo Berlanga, Vicente Navarro y Estanislao Cuevas.

                Integrantes del consejo municipal del 12 de enero de 1939.

                Vicente Navarro, presidente, y como consejeros Maximino Pérez, Anselmo Domingo, Bernabé Carpio, Serafín Domingo, Manuel Cuenca, Antonio Sierra y Eleuterio García.

                Integrantes del consejo municipal del 16 de marzo de 1939.

                Luis Roda, presidente, y como consejeros Justo Berlanga, Eleuterio García, Valentín Jiménez, Carmen Monteagudo, Pedro Mateo, Fernando Molinero, Primitivo Arenas y Maximino Pérez.

                AMRQ, Actas municipales; 2728, 2729 y 2867.